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Preguntas Frecuentes sobre la Ley 15.325
¿La Provincia de Buenos Aires adhiere a la Ley Nacional de Generación Distribuida?
Sí, mediante la Ley 15.325, la Provincia de Buenos Aires adhirió formalmente al Régimen de Fomento a la Generación Distribuida establecido por la Ley Nacional 27.424.
¿Qué beneficios impositivos existen en Buenos Aires para los usuarios generadores?
La ley exime a los usuarios generadores del pago del Impuesto a los Ingresos Brutos y del Impuesto de Sellos por los ingresos obtenidos producto de la inyección de los excedentes de energía a la red, por un plazo de 12 años.
¿Cuáles son las distribuidoras obligadas en la provincia?
Todas las empresas concesionarias del servicio público de distribución de energía eléctrica, tanto provinciales (como Edelap, Edea, Eden, Edes) como las cooperativas eléctricas municipales, deben garantizar la conexión de los usuarios generadores.
¿Puedo instalar paneles solares en mi casa en Buenos Aires y vender energía?
Sí, cualquier usuario conectado a la red, que no sea gran usuario del mercado eléctrico mayorista, puede instalar equipamiento de generación renovable homologado para su autoconsumo y la eventual inyección de excedentes a la red distribuidora.